NOM-002-STPS-2010: qué le exige a su empresa en detección de incendios
Cómo clasificar el riesgo de incendio, qué detectores y alarmas pide la NOM-002-STPS-2010, cada cuándo probarlos y quién necesita dictamen.
Por Roberto Tovar, Fundador y director general
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La NOM-002-STPS-2010 es la norma que dice qué tiene que hacer un centro de trabajo en México para prevenir incendios y responder a uno: desde cuántos extintores poner hasta cuándo hace falta un sistema de alarma. Esta guía la resume desde el lado de la detección, que es lo que más dudas genera al construir o ampliar una nave, una bodega o unas oficinas. Todo lo que citamos viene del texto publicado en el Diario Oficial de la Federación, con el numeral entre paréntesis para que usted pueda comprobarlo. Es un resumen: no sustituye la lectura de la norma ni el dictamen de una unidad de verificación.
¿Qué es la NOM-002-STPS-2010 y sigue vigente?
La NOM-002-STPS-2010 es la norma de la Secretaría del Trabajo sobre prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2010, entró en vigor el 9 de junio de 2011 y sigue vigente: su revisión del 28 de septiembre de 2026 la confirmó.
Aplica a todos los centros de trabajo del país, sin importar su tamaño: oficinas, naves, bodegas, comercios, escuelas u hoteles. Reemplazó a la NOM-002-STPS-2000, así que un manual interno o una cotización que cite la versión 2000 está desactualizado. Lo primero que pide no es comprar equipo, sino clasificar el riesgo de incendio, porque casi todo lo demás depende de ese resultado.
¿Cómo se clasifica el riesgo de incendio: ordinario o alto?
La norma tiene dos niveles de riesgo: ordinario y alto. Es de riesgo alto el centro de trabajo con 3,000 m² construidos o más, con cualquier cantidad de materiales pirofóricos o explosivos, o cuya suma de inventarios combustibles, cada uno dividido entre su límite, dé 1 o más. Todo lo demás es riesgo ordinario.
| Concepto (Tabla A.1) | Riesgo ordinario | Riesgo alto |
|---|---|---|
| Superficie construida | Menos de 3,000 m² | 3,000 m² o más |
| Gases inflamables | Menos de 3,000 litros | 3,000 litros o más |
| Líquidos inflamables | Menos de 1,400 litros | 1,400 litros o más |
| Líquidos combustibles | Menos de 2,000 litros | 2,000 litros o más |
| Sólidos combustibles, incluido el mobiliario | Menos de 15,000 kg | 15,000 kg o más |
| Materiales pirofóricos y explosivos | No aplica | Cualquier cantidad |
La trampa está en la suma (Apéndice A, A.1.3). Cada inventario se divide entre su límite de la tabla y los resultados se suman. Una nave de 2,500 m² con 8,000 kg de cartón y tarimas (8,000 ÷ 15,000 = 0.53) y 600 litros de solventes inflamables (600 ÷ 1,400 = 0.43) da 0.96: riesgo ordinario. Si al mes siguiente entran 100 litros más de solvente, la suma pasa de 1 y la nave se vuelve de riesgo alto, aunque ningún material haya llegado a su límite por separado. Otros detalles que cambian el resultado:
- Se cuenta el inventario máximo registrado en el año, no el de hoy. Si los inventarios cambian, hay que volver a clasificar (A.1.6).
- En oficinas, el mobiliario se calcula a 60 kg por trabajador. No se cuentan quienes trabajan fuera, como repartidores o vendedores (A.1.3, inciso c).
- Se puede clasificar por áreas, siempre que estén separadas con materiales resistentes al fuego o por distancia (A.1.2). Así, un almacén de solventes puede ser de riesgo alto sin que lo sean también las oficinas.
- La clasificación se deja por escrito, con el desglose de inventarios, el cálculo, la fecha y el nombre del responsable (A.2.1).
¿Qué le exige la NOM-002 a cualquier centro de trabajo?
Todo centro de trabajo, de riesgo ordinario o alto, debe clasificar su riesgo, tener un croquis con rutas de evacuación y equipos, un plan de atención a emergencias, al menos un simulacro y una capacitación al año, revisar los extintores cada mes y tener medios de detección con un programa anual de pruebas.
- Croquis, plano o mapa en los accesos y puntos de reunión, con las áreas de riesgo, la ubicación de los detectores y de los equipos contra incendio, y las rutas de evacuación (5.2).
- Plan de atención a emergencias de incendio, que incluye el procedimiento de alertamiento según el mecanismo de detección instalado (8.1, inciso c).
- Extintores según la clase de fuego: al menos uno por cada 300 m² en riesgo ordinario, a no más de 1.50 m del piso, revisados cada mes con registro y con mantenimiento al menos una vez al año (7.2, 7.3, 7.17 y 7.18).
- Programa anual de revisión de las instalaciones eléctricas, que incluye tableros, conductores, contactos y puesta a tierra (7.5), y de las de gas, si las hay (7.6).
- Rutas de evacuación señalizadas y con iluminación de emergencia. Desde el punto más alejado no debe haber más de 40 m hasta la ruta; si no se puede, la evacuación a un lugar seguro debe tomar como máximo tres minutos (7.15).
- Simulacro al menos una vez al año y programa anual de capacitación teórico-práctica (5.7 y 5.8).
Donde se manejan materiales inflamables hay que prevenir además la electricidad estática conforme a la NOM-022-STPS, hoy en su versión 2015 (7.12). Eso se resuelve con un sistema de tierras físicas diseñado para el área.
¿Qué dice la NOM-002 sobre detectores y alarmas de incendio?
En las áreas de riesgo ordinario, la NOM-002 pide medios de detección y equipos contra incendio. En las de riesgo alto pide, además, sistemas fijos de protección contra incendio y alarmas de incendio (numeral 5.10). En los dos casos, lo que se instale tiene que corresponder a la clase de fuego que se puede presentar en el área.
La norma define los medios de detección como elementos con sensores automáticos y alarma que responden a calor, humo, flama o productos de la combustión, y aclara que pueden ser dispositivos independientes o un sistema (4.23). En una oficina pequeña de riesgo ordinario, unos detectores autónomos bien ubicados pueden cumplir. En una nave de riesgo alto, en cambio, hace falta una alarma de incendio: una señal audible o visible distinta de las demás señales del lugar, que si es visible tiene que ser estroboscópica (4.2).
Sobre qué detector usar y cuántos poner, la norma trae una guía de referencia (Guía IV). No es obligatoria, pero sirve de punto de partida:
- Tipos: de humo, de calor, de gases de combustión, de flama y otros que identifican algún indicador de incendio.
- Detectores de humo: como regla general, uno por cada 80 m² de techo, con no más de 9 m entre uno y otro. La medida se ajusta según qué tan rápido puede crecer el fuego en esa área.
- Detectores de calor: los de temperatura ordinaria (58 a 79 °C) son para techos con no más de 38 °C de temperatura ambiente; para lugares más calientes hay rangos intermedio y alto. La guía recomienda un estudio técnico, porque la altura del techo y el tipo de fuego cambian la selección.
En la práctica, el error más caro es poner detectores de humo donde hay polvo, vapor o humo de proceso. Suenan en falso tantas veces que el personal termina desactivando el sistema, y un sistema apagado no cumple con nada. Por eso el diseño empieza igual que la clasificación del riesgo: por saber qué se almacena o procesa en cada área.
¿Cada cuándo hay que revisar y probar los detectores de incendio?
La NOM-002 obliga a tener un programa anual de revisión y pruebas de los equipos contra incendio, los medios de detección y, en su caso, las alarmas y los sistemas fijos, con registro (7.4 y 7.7). Su guía recomienda revisar el panel cada turno, los detectores cada mes y probar su operación una vez al año.
El registro tiene que decir, al menos, el centro de trabajo, la fecha, las áreas revisadas, las anomalías con su corrección y el nombre y puesto de quien revisó (7.7). Si algo sale dañado, se le da mantenimiento con personal capacitado (7.4). La guía de periodos de prueba (Guía VI, tampoco obligatoria) agrega tres recomendaciones útiles:
- Cada mes, activar un detector o una estación manual de un área distinta, para comprobar que el panel recibe la señal, hace sonar la alarma y pone en marcha los demás dispositivos.
- Revisar cada semana el estado de las estaciones manuales (los pulsadores de pared) y probarlas todas con no más de un mes entre pruebas.
- Limpiar los detectores y cambiar sus baterías según las indicaciones del fabricante.
Esos registros forman parte de los documentos que la norma obliga a tener y que la autoridad del trabajo puede pedir (5.12). Cómo encajan las pruebas en una póliza de mantenimiento lo explicamos en mantenimiento de telecomunicaciones para empresas medianas.
¿Qué cambia si su centro de trabajo es de riesgo alto?
Un centro de trabajo de riesgo alto, además de lo que se pide a todos, debe tener alarmas y sistemas fijos contra incendio, brigadas, al menos dos simulacros al año, un extintor por cada 200 m² y un documento que acredite que cumple, como el dictamen de una unidad de verificación.
| Obligación | Riesgo ordinario | Riesgo alto |
|---|---|---|
| Detección (5.10) | Medios de detección y equipos contra incendio | Lo mismo, más alarmas de incendio y sistemas fijos contra incendio |
| Simulacros (5.7) | Al menos uno al año | Al menos dos al año |
| Brigadas contra incendio (5.6) | No las exige | Obligatorias |
| Extintores (7.17) | Uno por cada 300 m² | Uno por cada 200 m² |
| Plan de emergencias (8.1 y 8.2) | Contenido general | Suma brigadas de primeros auxilios, comunicación y evacuación |
| Acreditar el cumplimiento (5.11) | No se exige un documento | Acta de la STPS, dictamen de unidad de verificación o acta de protección civil |
El documento del numeral 5.11 se exige desde el 1 de enero de 2014 y puede ser cualquiera de tres: el acta y la minuta de la STPS dentro del Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo, el dictamen de una unidad de verificación acreditada y aprobada, o el acta de la autoridad local de protección civil. En las áreas de riesgo alto, además, las puertas que separan áreas con inflamables de una ruta de evacuación deben ser resistentes al fuego y detener el humo (7.16, inciso d).
¿Cómo debe ser un sistema de detección que cumpla con la NOM-002?
Un sistema de detección que cumple con la NOM-002 parte de la clasificación de riesgo por área, usa el detector adecuado a lo que se almacena o procesa, cubre cada área según su techo, tiene alarma audible y estroboscópica donde el riesgo es alto, aparece en el croquis y queda con pruebas anuales documentadas.
La norma no obliga a un tipo de panel. Pero en una nave o un edificio grande, un panel direccionable, que indica el detector exacto que se activó y no sólo una zona, ahorra minutos en una evacuación y distingue una falla de sensor de un evento real. También facilita el registro: el panel guarda la bitácora de eventos y de pruebas.
Otro punto que se pasa por alto: si las salidas de emergencia tienen cerraduras eléctricas o puertas automáticas, deben poder abrirse a mano cuando se va la energía (7.16, inciso g). Integrar la detección con el control de acceso para que libere esas puertas al sonar la alarma evita que la evacuación dependa de que alguien llegue con la llave.
En Sinergia hacemos el diseño, la instalación y las pruebas de sistemas de detección de incendios para naves, almacenes, sites, hoteles y escuelas en León y el Bajío. Empezamos con un análisis de riesgo por área, entregamos el diseño de cobertura sobre plano para su croquis y, al terminar, probamos dispositivo por dispositivo y dejamos el reporte firmado para su expediente. Los extintores, las brigadas y la capacitación los lleva su área de seguridad o su asesor de protección civil; nosotros nos encargamos de que la detección y la alarma funcionen y de que usted lo pueda demostrar.